Causa Memorándum: Casación rechazó apartar al fiscal De Luca

La sala primera del tribunal de Casación tuvo, además, por mantenidos los recursos de Casación presentados por la querella de la DAIA y por la de familiares de dos víctimas del atentado.

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 10 DIC. 2021 — La Cámara Federal de Casación Penal rechazó este viernes apartar al fiscal Javier de Luca de la causa en la que se investiga la firma del memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán en el marco de la causa AMIA, por lo que podrá participar del trámite de las apelaciones que presentaron las querellas contra el fallo del tribunal oral que determinó que no se cometieron delitos en la suscripción de aquel acuerdo internacional.

La sala primera del tribunal de Casación tuvo, además, por mantenidos los recursos de Casación presentados por la querella de la DAIA y por la de familiares de dos víctimas del atentado por lo que se espera que en los próximos días fije fecha de audiencia para, después de la feria judicial, tratar las apelaciones contra el fallo del Tribunal Oral Federal (TOF) 8 que sobreseyó a todos los imputados.

“Corresponde rechazar in limine la recusación interpuesta por la parte querellante, toda vez que no se advierte que en el caso se configure alguno de los supuestos previstos en el art. 55 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), para apartar al Fiscal General Javier Augusto De Luca del proceso”, sostuvieron los jueces Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña en el fallo.

La recusación contra De Luca había sido presentada por los abogados Tomás Farini Duggan y Juan José Ávila, en nombre de los querellantes Luis Czyzewski y Mario Averbuch, porque consideraban que “el deber de objetividad impuesto a los Fiscales” se vería “inequívocamente afectado por sus anteriores intervenciones en esta causa”.

Para el fiscal de Luca, el hecho que se denunció en la causa del memorándum con Irán no puede “de ningún modo subsumirse en alguna de las conductas que el ordenamiento jurídico califica como delitos” y ante eso el “deber” de la fiscalía es “hacer cesar la persecución penal”, según expuso cuando desistió de sostener la apelación contra presentada por su colega ante el TOF 8, Marcelo Colombo.

En la misma resolución de Casación de este viernes, los jueces tuvieron por mantenidos los recursos de Casación presentados por las partes querellantes “Jorge Knoblovits por la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas -DAIA-, juntamente con el patrocinio letrado del doctor Gabriel Leonardo Camiser y por Luis Czyzewski y Mario Averbuch, querellantes con el patrocinio letrado de los Dres. Tomás Farini Duggan y Juan José Avila”.

EL 7 de octubre pasado, el TOF 8 sobreseyó a la expresidenta y actual vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, y al resto de los acusados por la firma del memorándum de entendimiento entre Argentina e Irán en el marco de la investigación del atentado a la AMIA.

Los sobreseimientos alcanzaron también a al procurador del Tesoro, Carlos Zannini, al senador Oscar Parrilli, al actual embajador argentino en Rusia, Eduardo Zuain; a la exprocuradora del Tesoro Angelina Abbona; al secretario de Justicia, Juan Martín Mena; al ministro bonaerense Andrés Larroque, y a Luis D Elía, Fernando Estecha, Jorge Khalil y Ramón Bogado.

“El Memorándum de Entendimiento con Irán, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito”, sostuvieron los jueces del TOF 8 en el fallo con el que sobreseyeron a todos los acusados, el cual hicieron extensivo al fallecido excanciller Héctor Timerman, quien en vida también había sido acusado.