
ENTRE RÍOS, ARGENTINA, 5 de septiembre de 2026.- La detención de Sergio Urribarri se produjo este viernes por la noche, después de que la Corte Suprema confirmara su condena por corrupción. La orden de detención alcanzó también a su cuñado, Juan Pablo Aguilera, y a Pedro Báez, exministro de Comunicación de su gobierno. Ambos recibieron una pena de seis años y medio de prisión en la misma causa.
“Los están yendo a buscar a todos ahora, viernes por la noche”, confirmó a Infobae una fuente con acceso directo al expediente.
El Tribunal de Juicio que los condenó por delitos contra la administración pública dispuso que los tres comiencen a cumplir la pena en la Unidad Penal de Paraná (UP1).
El traslado del exgobernador a la cárcel de Paraná
Efectivos policiales buscaron a Urribarri en su domicilio en Concordia y lo trasladaron a la capital provincial. Entre ambas ciudades hay 280 kilómetros. El viaje, por el estado de la Ruta Nacional 18, demoró casi cuatro horas. El exgobernador ingresó a la UP1 en la madrugada.
Urribarri fue condenado a ocho años de prisión por los delitos de negociaciones incompatibles con la función pública y peculado en abril de 2022. La cárcel de Paraná era una de las tres opciones para su alojamiento una vez que la Corte Suprema rechazó el último recurso. La UP3 de Concordia y la colonia penal de Gualeguaychú eran las otras alternativas.
El intento de evitar la detención de Sergio Urribarri con prisión domiciliaria
Con el fallo firme, la defensa de Urribarri intentó una maniobra de último momento. Invocó razones de salud para suspender la ejecución de la condena y solicitar la prisión domiciliaria.
El abogado Leopoldo Cappa argumentó el “estado de salud mental del condenado y la necesidad de preservar su integridad psicofísica y seguridad personal”. Según la presentación, Urribarri “se encuentra bajo tratamiento psiquiátrico desde el 18 de diciembre de 2025”. Cappa presentó una certificación médica que indica que padece “un cuadro de trastorno de estrés postraumático con síntomas disociativos de despersonalización y expresión retardada”.
“Su alojamiento en un establecimiento penitenciario común resultaría incompatible con su cuadro de salud y podría generar un agravamiento de su condición, con riesgo para su vida”, señaló el letrado.
La oposición de la Fiscalía y el fallo del Tribunal
La Fiscalía se opuso al pedido de detención domiciliaria para Urribarri. Los acusadores públicos Patricia Yedro y Gonzalo Badano rebatieron el planteo con dos razones formales. La primera fue que la suspensión de la ejecución de la condena es un instituto “inexistente”. La segunda, que con una sentencia firme no es el Tribunal de Juicio sino el Juzgado de Ejecución de Penas quien debe definir el modo de cumplir la detención.
El Tribunal de Juicio resolvió que el pedido de la defensa era “improcedente”. Dio la razón a la Fiscalía: quien debe decidir cómo se cumple la sentencia es la Justicia de Ejecución.
“Al tratarse de una condena firme, la prisión domiciliaria deja de ser una medida cautelar y pasa a considerarse una modalidad de cumplimiento de la pena”, sostuvo el Tribunal integrado por los jueces Carolina Castagno, Elvio Garzón y Julián Vergara.
La defensa del exministro Báez también hizo un planteo similar que corrió la misma suerte.
Los magistrados dispusieron que el área de Sanidad del Servicio Penitenciario realice un “exhaustivo examen de los condenados” al momento del ingreso. El control tiene como fin adoptar “todas las medidas sanitarias necesarias para su adecuado tratamiento intramuros”. El Tribunal también planteó que deberá garantizarse “la continuidad de los tratamientos y la provisión de la medicación prescrita”.
Con información de Infobae
