
Buenos Aires, 29 de septiembre de 2025 (Mi Periódico).- La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal dejó sin efecto el sobreseimiento de un hombre acusado de haber comprado teléfonos celulares con conocimiento de su origen ilícito. El tribunal ordenó mantener el procesamiento sin prisión preventiva, previamente dictado por el Juzgado Federal N.º 10 de la Ciudad de Buenos Aires, según informó el sitio Fiscales.gob.ar.
El fallo responde al recurso presentado por el fiscal general José Luis Agüero Iturbe y respaldado por el fiscal ante la Casación, Javier De Luca. Ambos cuestionaron que la Cámara Nacional de Apelaciones hubiera revocado el procesamiento al considerar que no se había probado el dolo del acusado.
La causa se inició tras un allanamiento en junio de 2021 en un local de reparación de celulares ubicado en una galería comercial de Balvanera. Allí se incautaron un teléfono Samsung y un módulo Huawei, ambos reportados como robados, hurtados o extraviados. El hombre procesado trabajaba en el local al momento del operativo.
El juez Julián Ercolini lo procesó por el delito previsto en la Ley 25.891, que castiga la compra de terminales móviles con conocimiento de su origen ilícito. La pena prevista va de uno a seis años de prisión.
La defensa apeló, alegando que no existía prueba suficiente para demostrar que el acusado supiera que los equipos eran robados. La Cámara Federal revocó el procesamiento y lo sobreseyó, al considerar que la presencia de los celulares no probaba conocimiento del origen ilegal.
El fiscal Agüero Iturbe impugnó esa decisión por considerar que fue arbitraria y no valoró adecuadamente las pruebas. Sostuvo que los comprobantes presentados no acreditaban la compra legítima de los celulares, y que su exhibición en una vitrina indicaba que estaban a la venta, no en reparación.
El fiscal De Luca coincidió en que la conducta encajaba dentro de la cadena de comercialización de bienes sustraídos y que existían elementos suficientes para sostener la imputación. Destacó que el acusado tenía formación técnica y académica en electrónica, lo que le daba capacidad para reconocer la procedencia irregular de los equipos.
La Cámara de Casación, con los votos de los jueces Diego Barroetaveña, Carlos Mahiques y Daniel Petrone, hizo lugar al recurso del Ministerio Público Fiscal. Mahiques señaló que el fallo anterior tenía una fundamentación aparente y carecía de validez como acto jurisdiccional. Petrone agregó que se omitió una valoración completa de las pruebas y que no existía certeza para desvincular al acusado del hecho.
Con esta decisión, el acusado continuará procesado, aunque sin prisión preventiva, mientras avanza la investigación judicial.