Reforma laboral de empleadas: período de prueba de 6 meses

Firma de recibos digitales de ARCA tras la reforma laboral de empleadas domésticas.

BUENOS AIRES, 27 de febrero de 2026.- La reforma laboral de empleadas impacta en el régimen de casas particulares al extender formalmente el período de prueba de 30 días a seis meses. Esta modificación estructural, que ya cuenta con avances legislativos determinantes, redefine las condiciones de contratación para más de un millón de trabajadoras en todo el territorio nacional.

En ese contexto, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares oficializó un incremento salarial del 3%. La actualización se aplicará en dos cuotas iguales del 1,5% durante febrero y marzo, mientras se mantiene el debate por la incorporación obligatoria de los viáticos para el personal del sector.

El nuevo período de prueba en la reforma laboral de empleadas

La reforma laboral de empleadas modifica el artículo fundamental de la Ley 26.844 sobre la estabilidad inicial del vínculo laboral. Con el nuevo esquema, los contratos por tiempo indeterminado contemplan un semestre de prueba en el cual el empleador puede prescindir de los servicios sin pagar indemnización ni expresar una causa específica para el despido.

Sin embargo, la normativa prohíbe el uso repetitivo de este recurso. Ningún empleador podrá contratar a la misma trabajadora bajo esta modalidad más de una vez, buscando evitar que la extensión del plazo se convierta en una herramienta de rotación constante de personal informal en las viviendas.

Digitalización y cambios en el régimen de casas particulares

Otro eje central de la transformación legal es la obligatoriedad del recibo de sueldo electrónico. A través del sistema determinado por ARCA, todas las liquidaciones deberán registrarse digitalmente, desplazando los antiguos formularios en papel. En este sentido, la transferencia bancaria será admitida como prueba irrefutable del cumplimiento del pago salarial.

Asimismo, la reforma laboral de empleadas establece un nuevo criterio para los créditos laborales adeudados. Las sumas se actualizarán según la inflación (IPC) más una tasa del 3% anual, alineando el esquema de deudas con la Ley de Contrato de Trabajo general. Por el momento, la obligatoriedad de la ART y el derecho a la indumentaria de trabajo permanecen vigentes sin cambios.

(ct/eleconomista)