San Martín: Casación Penal absolvió a los tres detenidos por el femicidio de Araceli Fulles

BUENOS AIRES, 28 DICIEMBRE 2023.- La Cámara de Casación absolvió a los tres detenidos por el femicidio de Araceli Fulles cometido en abril de 2017 en José León Suárez, San Martín. El cuerpo de la joven fue hallado tras 25 días de búsqueda.

El fallo de los jueces Daniel Carral, Ricardo Maidana y Víctor Violini recayó sobre Marcelo Ezequiel Escobedo, Hugo Martín Cabañas y Carlos Damián Cassalz, quienes habían sido condenados a perpetua el 4 de noviembre de 2021 por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de San Martín como coautores del crimen.

De esta manera la Justicia dio lugar a los pedidos de las defensas de los acusados y se ordenó la inmediata liberación de los detenidos.

En el planteo escrito, la Cámara subrayó que faltan pruebas en la investigación y que se usó como evidencia a un perito y a su perro, que fue condenado por plantar rastros.

Por amplia mayoría se confirmó que los tres acusados recuperarán la libertad y será el Tribunal en lo Criminal N°3 de San Martín quien dispondrá del accionar. 

Los magistrados en su fallo pidieron que la Fiscalía General de San Martín investigue la actuación del perito Marcos Herrero en esta causa, ante la posible comisión de un delito de acción pública; y solicitaron al presidente de la Suprema Corte de Justicia bonaerense y a la Procuración General que “se evalúe la posibilidad de establecer protocolos de actuación en materia de rastros odoríficos, así como en la acreditación de las certificaciones y habilitaciones de los binomios guía-can idóneos para esa tarea, en función de lo corroborado en esta causa y otros antecedentes”. Fue entonces que citaron el caso Anahí Benítez.

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR: Tres condenados a prisión perpetua por el femicidio de Araceli Fulles

Caso

Araceli (22) fue hallada muerta el 27 de abril de 2017 debajo de unos escombros, en el patio de la casa de Darío Badaracco, ubicada en Alfonsina Storni 4477, de José León Suárez, partido de San Martín.

La joven había sido vista con vida por última vez la madrugada del 2 de abril, en una plaza cercana a su casa, y el último contacto con su familia fue a las 7 de ese día, cuando le envió un mensaje a su madre diciéndole: “Vieja, prepará las cosas para el mate que estoy yendo para casa”.

Su última comunicación fue con su mamá que, a través de un mensajito le escribió: “Vieja, poné la pava que estoy yendo para casa”.

Su cuerpo fue encontrado 25 días después de una intensa búsqueda que comenzó a principios de dicho mes cuando fue vista por última vez en una plaza en San Martín.

Fue hallada asesinada debajo de unos escombros en el patio de la casa de Darío Badaracco, uno de los acusados que fue liberado.

La autopsia confirmó que a la joven le causaron “asfixia mecánica” por “estrangulamiento a lazo”.

Baradaraco quedó implicado no solo por ser el último a quien se vio con Araceli, sino porque 25 días después de la desaparición se halló el cuerpo enterrado en su casa. En el fallo de este jueves se destaca que la Policía Bonaerense, Marcos Herrero, “supuesto perito en rastros odoríficos”, fueron al corralón donde Badaraco trabajaba en busca de rastros.

“El perro realiza diversas ‘marcaciones’ en el corralón, según Herrero reconociendo el olor de Araceli. La fiscalía pide la detención de Darío Badaraco y también de las personas que había allí: Cassalz, Escobedo y Cabañas, además de otros sujetos que también estuvieron el 2 de abril en la plaza”, explicaron fuentes del caso la correlación.

Fue entonces que la fiscalía imputó en total a ocho sospechosos por el homicidio y llevó a juicio oral a siete de ellos, ya que Darío Badaraco falleció antes. En el debate, se pidió la condena de Cassalz, Escobedo y Cabañas. “La prueba esencial de cargo fueron las ‘marcaciones’ que señaló Marcos Herrero con su perro dentro del corralón”, indicaron.

Marcos Herrero, cuestionado

El 22 de septiembre de 2017, la Cámara Penal de San Martín había ordenado la libertad de Cassalz, Escobedo y Cabañas por falta de mérito.

“Los camaristas resaltaron la debilidad de la prueba de cargo e instaron a la fiscalía a incorporar elementos objetivos de corroboración de su hipótesis. Señalaron que no se contaba con los resultados de la evidencia física que incautó en el corralón, que dieron negativo”, dijeron las fuentes.

Y agregaron: “La actuación de Marcos Herrero fue cuestionada por la defensa durante el juicio. El tribunal omitió responder este planteo, aun cuando existían elementos que permitían dudar de su confiabilidad y de la legalidad de su actuación”.

En el fallo de este jueves se resaltó que la jueza federal de Bahía Blanca, a cargo de la investigación por la muerte de Facundo Astudillo, había ordenado investigar a Marcos Herrero frente a la sospecha de que “plantó” supuesta evidencia. Incluso, comentaron que fue condenado por un tribunal de Mendoza, al hallarlo culpable por plantar evidencia falsa en la búsqueda de Viviana Luna, una mujer desaparecida.

“Se dio por probado que su perro ‘halló’ restos óseos que pertenecían al mismo esqueleto que el de otros huesos también ‘encontrados’ por Marcos Herrero en la provincia de Santa Cruz durante un procedimiento de búsqueda similar”, destacaron las fuentes y recordaron que la actuación de Marcos Herrero también había sido cuestionada en otras causas judiciales, como el de Santiago Maldonado.

“En todos, Marcos Herrero hacía ‘hallazgos’ inesperados como inverosímiles. Ese dato estuvo a disposición de los jueces y se constató que a partir de su intervención en la búsqueda de Araceli, el guía dijo encontrar una multiplicidad de objetos, supuestamente, con el olor de la joven, en distintos días y lugares”, se señaló en el fallo.

Y siguió: “La prueba esencial sobre la que se estructuró el veredicto condenatorio fue la información que introdujo Marcos Herrero a la causa, en particular las ‘marcaciones’ que hizo su perro particular, desconociéndose si tenía alguna certificación o acreditación para esa labor”.

Es por ello que la sentencia del Tribunal de Casación ordena que se investiga a Herrero pero que también se analice un protocolo para este tipo de especialidades.

¿Fraude?

Innocence Project actuó como amicus curiae en esta causa. Tras el fallo, fue Manuel Garrido quien en diálogo con Infobae consideró que “es muy importante, ya que profundiza sobre la necesidad de evitar sesgos que distorsionen la valoración probatoria”.

“En este caso toda la imputación giraba de manera circular sobre la supuesta verificación del guía de perros Marcos Herrero, quien afirmó que su perro Halcón había detectado el olor de la víctima Araceli Fulles en el corralón de uno de los acusados y en el baúl de un auto que allí se hallaba. Esto no fue corroborado por ninguna prueba independiente”, explicó y rescató que el apuntado “carece de la capacitación adecuada para actuar como perito en temas de odorología”.

Y continuó: “Esta disciplina carece de suficiente sustento científico para basar en ella una condena”. Garrido recordó que “en otros países ha habido casos célebres similares de fraude canino”. Por ello, señaló la importancia de que se solicite “que se establezcan protocoles, supervisión y controles sobre quienes sean convocados en investigaciones criminales como expertos en rastro canino u odorología”.

Con Infobae y NA