La Justicia declaró inconstitucional el decreto que frenaba el financiamiento universitario y ordenó al Gobierno aplicar la ley. La Casa Rosada apelará el fallo.

BUENOS AIRES, 6 de octubre de 2026 (MI PERIÓDICO).- La Justicia declaró inconstitucional el decreto que condicionaba la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario y ordenó al Gobierno cumplirla de inmediato. La Casa Rosada confirmó que apelará el fallo.
La decisión fue tomada por el juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, a partir de presentaciones del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA).
Financiamiento universitario: qué resolvió la Justicia
Cormick declaró inconstitucional el mecanismo establecido por el Decreto 759/2025, que promulgó la Ley 27.795 pero incorporó una condición vinculada con el artículo 5° de la Ley 24.629.
El decreto estableció que la aplicación de la ley quedaba sujeta a esa disposición, relacionada con el financiamiento de las normas que generan gastos para el Estado.
El juez ordenó al Poder Ejecutivo cumplir de inmediato la Ley de Financiamiento Universitario y dictar las normas necesarias para hacer efectiva su aplicación.
Se trata de una sentencia de primera instancia.
Por qué el juez cuestionó el decreto
El fallo analiza el recorrido que tuvo la Ley 27.795 antes de llegar a la Justicia.
El Congreso sancionó la norma el 21 de agosto de 2025. Luego, el presidente Javier Milei la vetó mediante el Decreto 647/2025.
Sin embargo, la Cámara de Diputados y el Senado rechazaron posteriormente el veto con las mayorías previstas por la Constitución y ratificaron la ley.
Después de esa decisión del Congreso, el Poder Ejecutivo promulgó la norma mediante el Decreto 759/2025, publicado el 21 de octubre de 2025.
Para el juez Cormick, el Ejecutivo no podía incorporar mediante ese decreto una condición que terminara suspendiendo los efectos de una ley que el Congreso había ratificado después del veto presidencial.
El magistrado consideró que ese mecanismo constituía una instancia adicional que no está contemplada por la Constitución y lo calificó como un mecanismo “extraconstitucional”.
El argumento sobre el financiamiento
Durante el proceso judicial, el Gobierno sostuvo que la Ley 27.795 no establecía de manera suficiente las fuentes de financiamiento y que correspondía al Congreso determinar las partidas necesarias para afrontar los gastos.
El fallo también analizó ese planteo.
El artículo 9 de la Ley 27.795 establece mecanismos para disponer los créditos presupuestarios necesarios para cumplir con la norma. También contempla recursos provenientes de una mayor recaudación respecto de los ingresos previstos.
Por ese motivo, el juez consideró que existían herramientas previstas por la propia ley para avanzar con su aplicación.
Qué establece la Ley de Financiamiento Universitario
La Ley 27.795 establece medidas destinadas al financiamiento de las universidades públicas.
Entre otros aspectos, contempla disposiciones sobre las partidas destinadas al funcionamiento de las instituciones y mecanismos vinculados con la actualización de los recursos del sistema universitario.
La norma también establece medidas relacionadas con los salarios de docentes y no docentes y con otros gastos vinculados al funcionamiento de las universidades.
El Gobierno apelará el fallo
La decisión judicial abre un nuevo capítulo en el conflicto entre el Gobierno y las universidades públicas.
La Casa Rosada confirmó que apelará la sentencia. Al tratarse de un fallo de primera instancia, la discusión continuará en los tribunales.
Mientras avance la apelación, la resolución del juez Cormick ordena al Poder Ejecutivo avanzar con las medidas necesarias para cumplir la Ley de Financiamiento Universitario.
El fallo vuelve a poner en el centro de la disputa la relación entre las decisiones del Congreso, los vetos presidenciales y las facultades del Poder Ejecutivo para condicionar la aplicación de una ley.
