El Gobierno autorizó el funcionamiento de los shoppings en la ciudad de Buenos Aires

Fue a través de una decisión administrativa firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero. La Ciudad decide la reglamentación necesarias para el desarrollo de la actividad. No funcionarán cines ni patios de comida.

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 14 OCT 2020 – El Gobierno nacional autorizó hoy el funcionamiento de los centros comerciales en la ciudad de Buenos Aires al exceptuar a esa actividad del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el coronavirus.

Así se estableció en la Decisión Administrativa 1854/2020, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, publicada este mediodía en un suplemento de la edición de hoy del Boletín Oficial.

“Autorízase el funcionamiento de centros comerciales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exceptúase del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular en los términos establecidos en el artículo 17 del Decreto N° 792/20 y con el alcance de la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a dicha actividad”, dice el artículo 1 de la norma.

Según indica el texto, la actividad “queda autorizada para realizarse, conforme el protocolo aprobado por la autoridad sanitaria nacional” y señala que en todos los casos “se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19”.

Asimismo, indica la disposición que los desplazamientos de las personas alcanzadas “deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada por la presente”.

“Los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las tareas autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras y trabajadores, y que estas y estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”, señala además.

El Gobierno nacional autorizó hoy el funcionamiento de los centros comerciales en la ciudad de Buenos Aires al exceptuar a esa actividad del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el coronavirus.

Así se estableció en la Decisión Administrativa 1854/2020, firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, publicada este mediodía en un suplemento de la edición de hoy del Boletín Oficial.

“Autorízase el funcionamiento de centros comerciales en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y exceptúase del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular en los términos establecidos en el artículo 17 del Decreto N° 792/20 y con el alcance de la presente decisión administrativa, a las personas afectadas a dicha actividad”, dice el artículo 1 de la norma.

Según indica el texto, la actividad “queda autorizada para realizarse, conforme el protocolo aprobado por la autoridad sanitaria nacional” y señala que en todos los casos “se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de COVID-19”.

Asimismo, indica la disposición que los desplazamientos de las personas alcanzadas “deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada por la presente”.

“Los o las titulares o responsables de los lugares donde se efectúen las tareas autorizadas deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por la jurisdicción para preservar la salud de sus trabajadoras y trabajadores, y que estas y estos lleguen a sus lugares de trabajo sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros”, señala además.

Por último, indica que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires “deberá dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de la actividad, pudiendo el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires implementarla gradualmente, suspenderla o reanudarla, en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria”.

“Es oficial. Recién firmamos el decreto que habilita a los shoppings. Desde hoy ya pueden abrir”, escribió por su parte el jefe de Gabinete porteño, Felipe Miguel, en su cuenta de Twitter.

Ayer, el gerente general de la Cámara Argentina de Shoppings Centers, Mario Nirenberg, había informado sobre “un acuerdo” entre los Gobiernos nacional y porteño para permitir desde hoy la reapertura de los centros comerciales, que permanecen cerrados desde el inicio del aislamiento por el coronavirus.

En ese sentido, precisó que la reapertura de los centros comerciales, que se daría en la víspera del Día de la Madre, contempla medidas sanitarias para prevenir contagios, tales como la toma de la temperatura a los clientes al ingresar al edificio, así como un acceso restringido de modo que se permita el distanciamiento social recomendado.

También indicó que no funcionarán las zonas del patio de comida ni los cines de los centros comerciales y que habrá un sentido de circulación por las galerías.

“Los shopping no somos un vector de contagio, estamos en condiciones de ejercer nuestra actividad en las mejores condiciones de seguridad”, destacó ayer Nirenberg.

Cuál es el protocolo para la apertura de los centros comerciales

Las medidas contemplan la toma de temperatura, el uso obligatorio del tapabocas y una permanencia que no supere los 90 minutos, tanto para clientes como para trabajadores.

El protocolo para el acceso a los shoppings de la Ciudad, que fueron esta tarde autorizados a reabrir, contempla la toma de la temperatura, el uso obligatorio del tapabocas, una permanencia que no supere los 90 minutos y un tope al ingreso para respetar el distanciamiento social recomendado para evitar contagios de coronavirus.

Así lo informó el Gobierno porteño, luego de la habilitación otorgada a través de un decreto de la Jefatura de Gabinete nacional, para que los centros comerciales situados en el ámbito porteño puedan volver a funcionar luego de permanecer cerrados desde el inicio del aislamiento obligatorio.

En ese sentido, entre las medidas en el protocolo para esa actividad se estableció la disposición en los ingresos a los shoppings de alcohol en gel y sanitizantes, así como la toma de la temperatura a los clientes y a los trabajadores.

También, se establecerá una limitación en los accesos para evitar aglomeraciones, tal como ocurre en los supermercados, para respetar una capacidad determinada en el interior del lugar prevista en una persona cada 15 metros cuadrados.

En otro orden, el protocolo señala que el tiempo de permanencia tanto para los clientes, concurrentes y proveedores “nunca podrá ser superior a los 90 minutos” y se recomendará a las personas concurrir solas.

Para los patios de comida, en tanto, podrán funcionar los locales gastronómicos “que se encuentran en terrazas o patios internos al aire libre, deberán adecuar su funcionamiento a lo establecido en los protocolos aprobados para el desarrollo de su actividad al aire libre”; mientras que los que estén bajo techo podrán funcionar con la modalidad “para llevar”.

Los cines y las zonas de juegos para los niños y niñas no estarán habilitados en esta etapa; al tiempo que para el sector de los sanitarios se prevé un refuerzo en la desinfección de esas instalaciones, en las cuales de deberá “minimizar la cantidad de personas que las utilicen en forma simultánea de modo de respetar la distancia mínima de 2 metros”.

Por último, el traslado de los trabajadores de los shoppings desde y hasta su domicilio quedará a cargo de los empleadores a fin que no utilicen el servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes y subtes.

“Para ello podrá contratar servicios de transporte automotor urbano y suburbano de oferta libre, vehículos habilitados para el servicio de taxi, remis o similar, siempre que estos últimos transporten en cada viaje un solo pasajero”, precisa el protocolo publicado.